MODIFÍQUESE el inc. 8 del Art. 145º de la Ordenanza Nº 3.155 y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Articulo 145… inc. 8 están exentos de pleno derecho del tributo establecido en el presente título… b) los ingresos provenientes de las siguientes actividades: … 8) El ejercicio de la actividad de martillero y corredor inmobiliario, tanto judicial como comercial, salvo que ésta última se desarrolle en forma de empresa”.
Un digesto es un conjunto de textos sistematizados y ordenados donde se compilan todas las normas de carácter público y obligatorio para la ciudadanía, lo que permite acceder al derecho positivo existente y suprimir las leyes derogadas o caducas.