MODIFICANSE los artículos 3º, 6º y 17º de la Ordenanza Nº 6.223, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 3º.- Son objetivos del programa instituido por el artículo 1º de la presente Ordenanza:
1.-Elaborar diagnóstico. Elaborar un plan de acción tendiente a fijar las políticas y pautas de conducta a seguir para el cumplimiento de la presente Ordenanza.-
2.-Implementar campañas de educación, información y concientización, alentando el uso de las bolsas de transporte alternativas a las de polietileno o similares, que deberán iniciarse dentro de los treinta días de promulgada la presente normativa.-
3.-Establecer estímulos al cumplimiento de los objetivos del programa.-“
Un digesto es un conjunto de textos sistematizados y ordenados donde se compilan todas las normas de carácter público y obligatorio para la ciudadanía, lo que permite acceder al derecho positivo existente y suprimir las leyes derogadas o caducas.