Ordenanza N° 5385

Vigente

Fechas

Fecha de sanción: 11/08/2004

Descripción


MODIFIQUESE el art. 7º de la Ordenanza Nº 4.330, y modificatoria quedando el texto redactado de la siguiente manera: Art. 7º.- la tarifa única máxima para la prestación del servicio será de PESOS UNO CON NOVENTA CENTAVOS ($ 1,90) para un recorrido de hasta un mil setecientos (1.700) metros, adicionándose PESOS CERO CON OCHO CENTAVOS ($ 0,08) por cada cien (100) metros de recorrido adicional.

Temas

  • ORDENANZA

Archivos

PDF

Digitalización

Relaciones

Acerca de Digesto


Un digesto es un conjunto de textos sistematizados y ordenados donde se compilan todas las normas de carácter público y obligatorio para la ciudadanía, lo que permite acceder al derecho positivo existente y suprimir las leyes derogadas o caducas.


logo-utn