SUSTITUYASE el Art. 2º de la Ordenanza Nº 2.116, sancionada por el Concejo Deliberante el día dieciséis de mayo del año mil novecientos ochenta y cinco, por el siguiente:
“Art. 2º.- El Instituto Municipal para Discapacitados Auditivos (IMDA), funcionará dentro de la órbita de la Secretaría de Integración Comunitaria.”
Un digesto es un conjunto de textos sistematizados y ordenados donde se compilan todas las normas de carácter público y obligatorio para la ciudadanía, lo que permite acceder al derecho positivo existente y suprimir las leyes derogadas o caducas.