MODIFÍQUESE, el Art. 15° de la Ordenanza N° 3.975, en lo referente a la especificación del número de electores por mesa, donde dice trescientos (300), debe decir cuatrocientos cincuenta (450).
Un digesto es un conjunto de textos sistematizados y ordenados donde se compilan todas las normas de carácter público y obligatorio para la ciudadanía, lo que permite acceder al derecho positivo existente y suprimir las leyes derogadas o caducas.