SUSTITUYASE el art.136o. de la Ordenanza No. 3.155 (O.G.I.), el que quedará redactado de la siguiente manera:
Art.136o. - COMISIONES
"Para los martilleros, agencias autorizadas de venta de loterías, quiniela, prode, venta de rifas, bonos, cupones o billetes con derecho a premios en dinero o bienes , administradores de bienes inmuebles o intermediarios de su compra-venta, agencias de viajes y turismo y toda otra actividad que por su naturaleza económica o práctica habitual perciban por su intermediación comisiones u otro tipo de contraprestación similar, la base imponible esta constituida por las comisiones, porcentajes, bonificaciones o cualquier otro tipo de remuneración análoga".
Un digesto es un conjunto de textos sistematizados y ordenados donde se compilan todas las normas de carácter público y obligatorio para la ciudadanía, lo que permite acceder al derecho positivo existente y suprimir las leyes derogadas o caducas.