MODIFICASE el Art. 1º de la Ordenanza Nº 6.390, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 1º.- ADHIÉRASE la Municipalidad de Villa María a la Ley Nacional Nº 26.687, la que establece la Regulación de la publicidad, promoción y consumo de los productos elaborados con tabaco y a las Leyes Provinciales Nros. 7.827 y 9.113 que establece el “Programa Provincial Permanente de Prevención y Control de Tabaquismo”, con las salvedades que se establecen en la presente ordenanza”.-
Un digesto es un conjunto de textos sistematizados y ordenados donde se compilan todas las normas de carácter público y obligatorio para la ciudadanía, lo que permite acceder al derecho positivo existente y suprimir las leyes derogadas o caducas.