La presente Ordenanza y sus normas reglamentarias rigen dentro de la jurisdicción de la Municipalidad de Villa María, regulan el uso de la vía pública y son aplicables a la circulación de personas y de vehículos terrestres destinados para ello. Quedan también comprendidas las actividades vinculadas con el transporte, los vehículos, las personas, las concesiones viales, la estructura vial y el ambiente.
En caminos o rutas nacionales o provinciales que atraviesan el ejido municipal es de aplicación el presente Código, sin perjuicio de los convenios que se suscriban con las autoridades competentes de las citadas jurisdicciones.
Asimismo podrá el Departamento Ejecutivo celebrar convenios con la Nación, la Provincia y la Comunidad Regional a los efectos de unificar las normas de tránsito que se establecen en la presente.-
Un digesto es un conjunto de textos sistematizados y ordenados donde se compilan todas las normas de carácter público y obligatorio para la ciudadanía, lo que permite acceder al derecho positivo existente y suprimir las leyes derogadas o caducas.