MODIFICANDO ORDENANZA Nº 7.082 (CÓDIGO DE TRÁNSITO). Artículos modificados: 8, 12 TER, 19, 42, 53, 54, 57, 63, 66, 137, 189, 190, 191. DISPONGASE, que en la ciudad de Villa María las Licencias de Conducir clase A.1, comprenderá los ciclomotores de hasta 70cc. DETERMINASE que para obtener la licencia clase A.2.1 habilitante para conducir motovehículos de hasta 150cc, no es requisito haber tenido previamente por dos años habilitación para conducir ciclomotores de menor cilindrada.
Un digesto es un conjunto de textos sistematizados y ordenados donde se compilan todas las normas de carácter público y obligatorio para la ciudadanía, lo que permite acceder al derecho positivo existente y suprimir las leyes derogadas o caducas.