Ordenanza N° 2330

Vigente

Fechas

Fecha de sanción: 12/11/1986

Descripción


EXIMESE del pago a la contribución de tasas por servicios a la propiedad, a los propietarios jubilados y/ o pensionados, cuyo haber no exceda de un monto igual al de dos haberes jubilatorios mínimos y no posean otro ingreso a la fecha de la solicitud del beneficio, que comenzará a regir a partir de la fecha de su solicitud.

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Acerca de Digesto


Un digesto es un conjunto de textos sistematizados y ordenados donde se compilan todas las normas de carácter público y obligatorio para la ciudadanía, lo que permite acceder al derecho positivo existente y suprimir las leyes derogadas o caducas.


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