Se establecen como objetivos mínimos para el SERVICIO DE RESIDENCIA GERIATRICA, en cualquiera de las formas que prevé la presente ordenanza, los siguientes:
a) Brindar a los usuarios el marco adecuado donde compartir tiempo, espacios y actividades en un clima de sensible comprensión y respeto.
b) Ofrecer albergue por una cantidad de horas, días, o de manera más o menos permanente, a los usuarios, con una prestación acorde en cuanto a espacio físico, personal responsable y técnicamente preparado, programación de actividades y horarios acordes, conveniente régimen alimenticio, atención personalizada de cada internado de acuerdo a sus necesidades y posibilidades, a la vez que una efectiva y periódica vigilancia médica, así como el manejo transparente en los costos y cumplimientos de la oferta prevista contractualmente.
c) Promoción de una auténtica vida comunitaria, de características familiares que permita cerrar el vacío afectivo que normalmente padecen los internos sometidos a este tipo de convivencia fuera de sus propios hogares y a la vez que tienda a alcanzar su desarrollo como persona.
Un digesto es un conjunto de textos sistematizados y ordenados donde se compilan todas las normas de carácter público y obligatorio para la ciudadanía, lo que permite acceder al derecho positivo existente y suprimir las leyes derogadas o caducas.