MODIFÍQUESE el último párrafo del artículo 11º, de la Ordenanza Nº 6.404, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Salvo en el caso previsto en los incisos a) y f) del presente artículo, las causales de excepción previstas para autorizar las adquisiciones por contratación directa con libre negociación y elección, serán debidamente fundadas por quien solicita la contratación, y, en cada caso, el funcionario que las invoque será responsable de su existencia y procedencia. La Dirección de Compras o la que en el futuro la sustituya elevará todos los antecedentes al Tribunal de Cuentas para que verifique el cumplimiento de esta normativa y por resolución autorice la contratación.”
Un digesto es un conjunto de textos sistematizados y ordenados donde se compilan todas las normas de carácter público y obligatorio para la ciudadanía, lo que permite acceder al derecho positivo existente y suprimir las leyes derogadas o caducas.