Ordenanza N° 7458

Vigente

Fechas

Fecha de sanción: 17/11/2019

Descripción


ORDENANZA TITULO PRIMERO PARTE GENERAL CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES ÁMBITO DE APLICACIÓN Art. 1º.- Este Código, regirá el juzgamiento de las faltas o contravenciones a las disposiciones municipales y a las normas provinciales y/o nacionales cuya aplicación competa a la jurisdicción de la Municipalidad de Villa María, con excepción de aquellas que tengan atribuido o para las que se prevea un procedimiento propio. Asimismo tendrá plena vigencia, previa autorización expresa de la Comunidad Regional General San Martín, para faltas o contravenciones originadas y cometidas en una zona de influencia, fuera del ejido, pero que tenga consecuencias o efectos sobre el territorio de la Ciudad o sus habitantes o que violenten derechos fundamentales establecidos en la Carta Orgánica Municipal. No están comprendidas en el presente ordenamiento, las faltas relativas al Régimen Tributario, las infracciones disciplinarias y las de carácter contractual. DISPONGASE que deberán requerir autorización y habilitación municipal los establecimientos, de cualquier naturaleza y/o actividad, que, aunque a instalare o instalados fuera del ejido urbano municipal, su desenvolvimiento cause o pudiera causar efectos y/o vulnere garantías, derechos y obligaciones establecidas en la Carta Orgánica Municipal. A tales fines el Departamento Ejecutivo Municipal requerirá una autorización expresa y delegación de facultades por parte de la Comunidad Regional San Martín.

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Acerca de Digesto


Un digesto es un conjunto de textos sistematizados y ordenados donde se compilan todas las normas de carácter público y obligatorio para la ciudadanía, lo que permite acceder al derecho positivo existente y suprimir las leyes derogadas o caducas.


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