Ordenanza N° 7692

No vigente

Fechas

Fecha de sanción: 08/04/2021
Vigencia hasta: 26/09/2024

Descripción


Art. 1º.- A efectos de brindar mejor asistencia psicológica a personas con Síndrome de Condición del Espectro Autista (CEA), serán obligatorias las siguientes medidas: Inc. 1°: El Cuerpo Activo de Bomberos Voluntarios de Villa María, y su Departamento de Psicología de la emergencia, deberán instruirse y capacitarse en el debido uso de herramientas psicológicas para esta temática especial. Inc. 2°: Incorporar y adherir, a las ambulancias de asistencia sanitaria del Cuartel de Bomberos Voluntarios de Villa María, pictogramas de reconocimiento para las personas CEA. E igual medida, será dispuesta en distintos sectores del Cuartel de Bomberos Voluntarios de Villa María, facilitando la familiaridad a quienes son asistidos. Inc.3°: Incorporar a la mochila, o kit de primeros auxilios psicológicos, todos los elementos necesarios de protección especial, y materiales reguladores de ansiedad para la asistencia de personas CEA. Inc. 4°: Incorporar llaveros motivadores de atención a personas CEA, en la indumentaria del personal del Departamento de Psicología de la Emergencia y posteriormente al personal del Cuerpo Activo, del cuartel de bomberos.

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Acerca de Digesto


Un digesto es un conjunto de textos sistematizados y ordenados donde se compilan todas las normas de carácter público y obligatorio para la ciudadanía, lo que permite acceder al derecho positivo existente y suprimir las leyes derogadas o caducas.


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